UNASUR: Decisiones de la Reunión Extraordinaria

2010-05-07 00:00:00

Vea también este enlace a la Declaración Final de los Jefes de Estado de la UNASUR

 
 
DECISIÓN PARA LA APROBACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE LA ESTRATEGIA ENERGÉTICA SURAMERICANA, LOS LINEAMIENTOS DEL PLAN DE ACCIÓN PARA LA INTEGRACIÓN ENERGÉTICA REGIONAL Y LA ESTRUCTURA DEL TRATADO ENERGÉTICO SURAMERICANO
 
Las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Suramericanas, en Reunión Extraordinaria de 4 de mayo de 2010, celebrada en Los Cardales, Argentina,
 
Reafirmando los principios y objetivos consagrados en el Tratado Constitutivo de la UNASUR, suscrito en Brasilia, el 23 de mayo de 2008.
 
Considerando que los Jefes de Estado y de Gobierno de Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú, Uruguay, Suriname y Venezuela, reunidos en Porlamar, estado de Nueva Esparta, Venezuela, el 17 de abril de 2007, al crear el Consejo Energético de Suramérica, dispusieron a sus Ministros de Energía presentar una propuesta de lineamientos de la Estrategia Energética Suramericana, del Plan de Acción y del Tratado Energético Suramericano, tal como consta en la “Declaración de Margarita”.
 
Considerando que los Ministros de Energía de la UNASUR, congregados en el I Consejo Energético de Suramérica, celebrado el 8 de mayo de 2008, en Caracas, Venezuela, aprobaron el Anteproyecto de Lineamientos para la Estrategia Energética Suramericana y el Anteproyecto de Lineamientos del Plan de Acción para la Integración Energética Regional
 
Considerando que los Presidentes de la UNASUR, en la III Reunión Ordinaria del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la UNASUR, celebrada en Quito, el 10 de agosto de 2010, instruyeron al Consejo Energético concluya prontamente las tareas asignadas relativas a la presentación de los Lineamientos para la Estrategia Energética Suramericana y para el Plan de Acción para la Integración Energética Regional, así como de la Estructura del Tratado Energético Suramericano, para su aprobación en una próxima reunión cumbre.
 
Considerando que los Ministros de Energía de la UNASUR reunidos en Quito, Ecuador, el 25 de marzo de 2010, con motivo de la celebración del II Consejo Energético de Suramérica, aprobaron la Estructura del Tratado Energético Suramericano y, en cumplimiento del mandato establecido en la Declaración de Margarita, decidieron presentarlo conjuntamente con los Lineamientos de la Estrategia Energética Suramericana y del Plan de Acción para la Integración Energética Regional, para consideración y aprobación del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la UNASUR.
 
En cumplimiento con el Artículo 5 del Tratado Constitutivo de la UNASUR
 
Deciden:
Artículo 1. Aprobar los Lineamientos de la Estrategia Energética Suramericana, los Lineamientos del Plan de Acción para la Integración Energética Regional y la Estructura del Tratado Energético Suramericano, cuyos textos se anexan a esta Decisión. En este contexto, instruyen al Consejo Energético de Suramérica a iniciar, de manera inmediata, las negociaciones para la elaboración del contenido del Tratado Energético Suramericano, estableciéndose el plazo de un año para presentar un primer borrador.
 

 
 
 
DECLARACION DE LAS JEFAS Y JEFES DE ESTADO Y DE GOBIERNO DE LA UNASUR FRENTE A LA DENOMINADA “LEY DE ARIZONA”

Ante la aprobación de la Legislatura del Estado de Arizona, Estados Unidos, de la Ley SB 1070, del 23 de Abril de 2010, que tipifica como delito tanto la condición migratoria irregular, como el transportar y dar empleo a migrantes indocumentados.

Las Jefes y Jefes de Estado y de Gobierno de los Estados Miembros de la UNASUR, rechazar la criminalización de las personas migrantes contenida en la referida Ley, la cual permite la posibilidad de detener a las personas, de manera discrecional por consideraciones raciales, étnicas, fenotipo, lenguaje y estatus migratorio, mediante el concepto cuestionable de “duda razonable”, cuyos efectos podrían ser la legitimación de las actitudes racistas en la sociedad de destino y el riesgo latente de violencia por odio racial con lamentables episodios, de los que ya han sido víctimas ciudadanos suramericanos. Finalmente, las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la UNASUR reconocen la importancia de las expresiones de rechazo manifestadas por el propio Presidente de los Estados Unidos de Norteamérica Barak Obama, otros países, así como el Secretario General de la OEA, José Miguel Insulza.
 

 
UNASUR: Declaración sobre la "Cuestión de las Islas Malvinas

Los Jefes de Estado y de Gobierno de UNASUR reiteran su firme respaldo a los legítimos derechos de la República Argentina en la disputa de soberanía con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte referido a la Cuestión de las Islas Malvinas. Asimismo, recuerdan el permanente interés regional en que los Gobiernos de la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte reanuden las negociaciones a fin de encontrar -a la mayor brevedad posible- una solución pacífica y definitiva a la disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, y los espacios marítimos circundantes, de conformidad con las resoluciones y declaraciones pertinentes de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la Organización de Estados Americanos (OEA).
Destacan, en tal sentido, la permanente actitud constructiva y disposición del Gobierno argentino para alcanzar, por la vía de las negociaciones, una solución pacífica y definitiva a esta anacrónica situación colonial en suelo americano.
Asimismo, rechazan las actividades de exploración de recursos naturales no renovables de la plataforma continental argentina, que desarrolla el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en abierta oposición a lo dispuesto por la Resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones Unidas que insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las islas estén atravesando por el proceso recomendado por la Asamblea General."

 
DECLARACIÓN ESPECIAL SOBRE LA PRIMERA CONFERENCIA DE REVISIÓN DEL ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL
Reunión Extraordinaria del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Sudamericanas (UNASUR)
Buenos Aires, 4 de mayo de 2010.
Las Jefas y los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR), teniendo presente que el Tratado Constitutivo de UNASUR, firmado en Brasilia el 23 de mayo de 2008, consagra el principio del irrestricto respeto a los derechos humanos universales, indivisibles e interdependientes, como una de las condiciones esenciales para la construcción de un futuro común de paz y prosperidad económica y social y el desarrollo de los pueblos:
1. Expresan su convencimiento de que la impunidad de los autores de los crímenes más graves de trascendencia internacional establecidos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional es uno de los factores que pone en riesgo la estabilidad del orden internacional.
2. Destacan la trascendencia histórica de la primera Conferencia de Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que tendrá lugar en Kampala, Uganda, del 31 de mayo al 11 de junio de 2010.
3. Ponen de relieve el hecho de que todos los Estados de la UNASUR son Partes en el Estatuto de Roma y, en tal calidad, se comprometen a apoyar los objetivos de la Conferencia de Revisión tendentes a avanzar en el perfeccionamiento del sistema de justicia penal internacional adoptado en la Conferencia de Roma de 1998, que tiene su centro en la Corte.
4. Expresan su compromiso de trabajar de manera constructiva en los trabajos de la Conferencia de Revisión con el propósito de adoptar decisiones concretas sobre los temas que serán su objeto de análisis, y de participar activamente en el ejercicio de balance de la justicia penal internacional de dicha Conferencia, alentando también a los Estados no Partes y a la sociedad civil a tomar parte en dichos trabajos.
5. Recuerdan lo dispuesto en los artículos 5.2 y 123 del Estatuto de Roma, en orden a realizar todos los esfuerzos tendentes a que la Conferencia de Revisión adopte la definición del crimen de agresión y las condiciones para el ejercicio de competencia de la Corte con respecto a dicho crimen. En este sentido, se comprometen a trabajar activamente para que las condiciones de competencia para el crimen de agresión sean las más efectivas posibles y contribuyan a la independencia de la Corte Penal Internacional y la integridad del Estatuto de Roma.
6. Destacan la eficiente labor del Grupo de Trabajo Especial sobre el Crimen de Agresión, mediante un proceso transparente e inclusivo, del cual participaron Estados Partes y Estados no Partes del Estatuto de Roma, así como otros actores interesados en el tema.

7. Toman nota de las propuestas para una disposición relativa al crimen de agresión elaboradas por el Grupo de Trabajo Especial sobre el Crimen de Agresión y que fueran remitidas por la Octava Asamblea de Estados Partes en el Estatuto de Roma a la Conferencia de Revisión.
8. Decididos a poner fin a la impunidad de los autores de los crímenes más graves de trascendencia internacional establecidos en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, reafirman su apoyo a la Corte Penal Internacional y destacan la oportunidad que significará la Conferencia de Revisión para fortalecer su mandato en cumplimiento del referido Estatuto.
 

 
DECISIÓN PARA LA APROBACIÓN DE LA NUEVA DENOMINACIÓN Y DEL ESTATUTO DEL CONSEJO SURAMERICANO SOBRE EL PROBLEMA MUNDIAL DE LAS DROGAS
Las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de Naciones Suramericanas, en Reunión Extraordinaria de 4 de mayo de 2010, celebrada en Los Cardales, Argentina,
Reafirmando los principios consagrados en el Tratado Constitutivo de la UNASUR, suscrito en Brasilia el 23 de mayo de 2008;

Considerando que en la Declaración Presidencial de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la UNASUR de Quito, de 10 de agosto de 2009, se decidió crear el Consejo Suramericano de Lucha contra el Narcotráfico e instruyó el inicio de sus tareas para desarrollar la plataforma de acción de la UNASUR;
Considerando que en la Decisión adoptada por el Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la UNASUR de 10 de agosto de 2009 se instruyó al Consejo de Ministras y Ministros de Relaciones Exteriores la creación de un Grupo de Trabajo encargado de elaborar un proyecto de Estatutos y Plan de Acción del Consejo Suramericano de Lucha contra el Narcotráfico;
Considerando que los Viceministros y Expertos del Consejo Suramericano de Lucha contra el Narcotráfico elaboró una propuesta de Estatuto del Consejo que fue considerada en la I Reunión de Ministros del Consejo realizada en Quito, el 9 de abril de 2010 y que, en atención al artículo 5 del Tratado Constitutivo de la UNASUR, presentó esta propuesta para su revisión y análisis al Consejo de Delegadas y Delegados, órgano que ha elevado este proyecto al Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la UNASUR;
Considerando que el Consejo de Delegadas y Delegados analizó durante la XXIV Reunión en Quito, la propuesta de cambio de nombre del Consejo Suramericano de Lucha contra el Narcotráfico al de “Consejo Suramericano sobre el Problema Mundial de las Drogas”, denominación que está acorde con la normativa internacional;
Considerando que este Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno estima que este proyecto de Estatuto es adecuado para los fines y objetivos de la UNASUR y que este Consejo contribuirá específicamente al logro de los objetivos definidos en los artículos 2 y 3 del Tratado Constitutivo;
Deciden:
Artículo 1. Aprobar el cambio de denominación del “Consejo Suramericano de Lucha contra el Narcotráfico” al de “Consejo Suramericano sobre el Problema Mundial de las Drogas”.
Artículo 2. Aprobar el Estatuto sometido a consideración de este Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, que se anexa a la presente Decisión.
 

 
DECISIÓN PARA LA APROBACIÓN DEL ESTATUTO DEL CONSEJO SURAMERICANO DE EDUCACION, CULTURA, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (COSECCTI)
Las Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de UNASUR, en Reunión Extraordinaria celebrada en Los Cardales, Provincia de Buenos Aires, Argentina, el 4 de mayo de 2010.
Reafirmando los principios consagrados en el Tratado Constitutivo de la UNASUR, suscrito en Brasilia el 23 de mayo de 2008.
Teniendo presente que el Consejo Suramericano de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología e Innovación (COSECCTI) ha aprobado, por lo que eleva a consideración del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno, un proyecto de Estatuto para su funcionamiento.
Considerando que este Consejo estima que el proyecto de Estatuto es adecuado para los fines y objetivos de la UNASUR
DECIDEN:
Artículo 1. Aprobar el Estatuto sometido a consideración de este Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la UNASUR, por el Consejo Suramericano de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología e Innovación (COSECCTI), creado mediante Decisión el 10 de agosto de 2009, cuyo texto se anexa.