La Agenda de los Derechos Humanos

Cumbre de los Pueblos de América

2001-02-02 00:00:00

Del 18 al 19 de abril Santiago de Chile fue escenario de la II Cumbre de las Américas, que
congregó a 34 mandatarios del continente, quienes aprobaron una Declaración Conjunta y un Plan
de Acción para el siglo XXI, estableciendo como eje central las negociaciones para el Area de Libre
Comercio de las Américas (ALCA) que deberán concluir hacia el año 2005.

Con la finalidad de hacer escuchar la voz de la sociedad civil, en el Centro Cultural Alameda de esa
misma ciudad, del 15 al 18 de abril se llevó a cabo la Cumbre de los Pueblos de América con la
participación de diferentes sectores sociales de todo el continente que reivindican una integración
con participación ciudadana y con estándares de derechos humanos. En esta ocasión recogemos la
Declaración del Foro de Derechos Humanos que se realizó en el marco de esta cumbre paralela.

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Considerando que la democracia está estrechamente vinculada a los derechos humanos y que los
Estados y sus autoridades sólo se justifican, en último término, en función del respeto, promoción y
garantía de esos derechos fundamentales.

Revalorizando todos los esfuerzos hechos en los países americanos por construir una agenda
común de derechos humanos y asumiendo algunas propuestas recogidas para incidir en los distintos
espacios de discusión y toma de decisiones en el que participan los Estados (Conferencia Mundial
de Derechos Humanos 1993), Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y Gobierno, Chile 1996,
Asamblea General de la OEA, Lima 1997). Afirmando que la democracia, entendida como un
conjunto de prácticas socio-políticas, nace y encuentra legitimidad y justificación sí y sólo sí
garantiza el principio de autodeterminación de los pueblos y se dirige a la plena realización de los
ideales de la libertad, la igualdad y la solidaridad.

Con la absoluta certeza de que sin justicia, ninguna gobernabilidad democrática puede estar
asegurada, nos resulta necesario y urgente, que las más altas autoridades de nuestra región,
incorporen en su debate el tema de los derechos humanos para la construcción de sólidas
democracias en América.

En ocasión de celebrarse en 1998 la Cumbre de las Américas, las Organizaciones No
Gubernamentales de derechos humanos de América, ratificamos las propuestas que se han venido
impulsando con la esperanza de que los gobiernos de América asuman como valores éticos de la
democracia, los principios y valores aceptados por la comunidad internacional al consagrar normas
de protección en materias de derechos humanos, considerando que éstos nunca deben sacrificarse
en aras de modelos de desarrollo que atenten contra la dignidad humana, reafirmándose la
democracia como escenario ideal para el pleno goce y disfrute de los derechos humanos.

Las organizaciones que suscriben este documento consideran de mucha importancia el encuentro
de los presidentes y recomiendan tengan en cuenta:

1.- La ratificación del principio de responsabilidad única y exclusiva del Estado en la protección de
los derechos humanos, la cual no puede desplazarse hacia los particulares, ni en cuanto a las
garantías para el disfrute de los derechos, ni en relación a la violación de éstos.

2.- La ratificación de los principios de cooperación y coordinación entre los mecanismos
internacionales y regionales de protección de los derechos humanos, así como el derecho de los
particulares afectados a elegir el mecanismo que mejor satisfaga su necesidad de respuesta
oportuna y efectiva, así como el derecho a una reparación que incluya la restitución , compensación
, rehabilitación., satisfacción y la garantía de no repetición de los actos agraviantes, según los
principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones a los derechos
humanos y al derecho humanitario internacional a obtener reparación (doc.ONU E/CN
4/1997/104).

3.- La promoción, el respeto, la exigibilidad y justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y
culturales, tanto en el terreno nacional como en el internacional, mediante el establecimiento y
perfeccionamiento de mecanismos judiciales y administrativos que permitan a la población exigir el
respeto de dichos derechos a nivel nacional, así como el desarrollo de un sistema integral de
verificación y tramitación de denuncias a nivel internacional que incluya el reconocimiento de los
particulares como actores fundamentales de dicho proceso. La importancia de garantizar los
derechos económicos, sociales y culturales en los procesos de integración económica y política
regional.

4.- El rechazo a la imposición de medidas legislativas o económicas que signifiquen menoscabo a
los derechos adquiridos de los trabajadores/as y la denuncia de la incompatibilidad entre los
tratados internacionales de derechos humanos y las medidas de ajustes estructural sugeridas por las
agencias financieras multilaterales que signifiquen el desplazamiento de la responsabilidad del
Estado hacia particulares, en materias tales como derecho a la salud, el trabajo, la educación, la
vivienda y la seguridad social o la imposición de limitaciones al ejercicio pleno de las libertades
sindicales.

5.- La reafirmación de la estrecha e indisoluble relación existente entre Democracia, Desarrollo y
Derechos Humanos, para lo cual es indispensable ampliar el conjunto de derechos políticos
reconocidos a los ciudadanos y en especial el de la participación en las decisiones políticas, el
establecimiento de sistemas electorales independientes y la promoción de programas destinados a
alcanzar la autonomía, imparcialidad y profesionalización del Poder Judicial.

6.- La independencia de la administración de justicia y su fortalecimiento, a partir de sistemas de
designación y remoción de jueces y funcionarios/as, acordes con la idoneidad y la imparcialidad
coma garantía de la vigencia de los derechos constitucionales y del acceso a la justicia para todos y
todas.

7.- La impunidad constituye un fenómeno internacional y generalizado en la región, cuyos efectos
sobre nuestros países tienen directa relación con las dificultades que han presentado nuestras
sociedades para reconciliarse y reencontrarse efectivamente con la democracia, generándose, por el
contrario, fuertes tensiones que incluso han puesto en riesgo los espacios de libertades ya ganados.
La impunidad, como ausencia de verdad, justicia y reparación, frente a las graves violaciones a los
derechos humanos, permea y corroe nuestras sociedades en sus basamentos éticos y morales . En
este sentido , es urgente que las autoridades de nuestra región reconozcan las fallas de los sistemas
jurídicos e implementen las reformas necesarias para erradicar la impunidad.

8.- La creación de una Corte Penal Internacional Permanente es necesaria como complemento a los
sistemas judiciales nacionales para investigar y procesar por graves delitos como el genocidio, los
crímenes de lesa humanidad y las serias violaciones de las leyes humanitarias internacionales.
Instamos a los Estados a comprometerse a crear una Corte Penal Internacional justa, eficaz e
independiente, mediante la elaboración de un estatuto progresivo durante la próxima Conferencia
Diplomática en Roma.

9.- La importancia de garantizar el habeas corpus y el amparo como recursos breves, sencillos y
efectivos para la protección de los derechos fundamentales. El rechazo contra toda medida que
atente contra el pleno disfrute del derecho a la vida, la integridad física y la protección contra la
desaparición forzosa, derechos que se ven particularmente afectados a causa del abuso de poderes
excepcionales por parte del ejecutivo, el fuero militar ?en ocasiones extendido a cuerpos policiales-
y medidas prejudiciales que en la práctica se convierten en obstáculos a la justicia, las amnistías a
responsables de violaciones de los derechos humanos, la extensión del secreto sumarial más allá de
todo límite, la interferencia del poder ejecutivo o de fuerzas económicas o políticas en el poder
judicial y otros mecanismos que facilitan la impunidad.

10.- El establecimiento de canales y mecanismos que aseguren una creciente intervención de las
mujeres, minorías, niños y adolescentes, grupos étnicos, pueblos indígenas, comunidades negras,
discapacitados, aquellos discriminados en razón de su orientación sexual y otros sectores
discriminados o vulnerables, incluyéndolas en la toma de decisiones que afecten y comprometan el
disfrute de sus derechos.

11.- Recomendamos a los Estados incorporen en sus legislaciones, normas que garanticen un
ejercicio libre y responsable de los derechos reproductivos, profundizando la prevención y la plena
información de las mujeres, y servicios públicos de la salud gratuitos que permitan el acceso
voluntario de éstas a los métodos preventivos relacionados con su salud reproductiva e integral.

12.- El impulso de programas de formación en Derechos Humanos hacia los funcionarios
encargados de hacer cumplir la ley, así como a las Fuerzas Armadas, la incorporación de los
Derechos Humanos en los programas de educación formal y no formal desde el preescolar hasta la
educación superior y la adecuación y perfeccionamiento del ordenamiento jurídico interno al
Derecho Internacional de los Derechos Humanos, con el objeto de promocionar con seriedad y
eficacia una cultura acorde con el respeto y la defensa de los Derechos Humanos, por parte de los
Estados.

13.- La inclusión de la perspectiva de género en los niveles de los organismos normativos
nacionales e internacionales, en los programas, textos, informes que se laboren, que contribuya a
una lectura de la realidad reveladora de las causas y efectos de la discriminación contra las mujeres
de modo que permita superarla y desarrollar una cultura de participación igualitaria, que valore en
toda su dimensión las posibilidades y aportaciones propias de la mujer.

14.- La ratificación de los Pactos e Instrumentos protectores de los Derechos Humanos por parte
de todos los Estados, sin reservas que disminuyan su eficacia. En particular, recomendamos la
ratificación del Pacto de San Salvador sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El envío
regular de peticiones por la Asamblea General de la OEA para que los Estados no ratificantes
expliquen su reticencia. El impulso de nuevos mecanismos que garanticen la efectividad de los
derechos económicos, sociales y culturales como un Protocolo Facultativo del Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas.

15.- El cumplimiento por los Estados de las observaciones y recomendaciones formuladas por los
distintos órganos del Sistema de Protección Universal y Regional de los Derechos Humanos.

16.- La aplicación del Derecho al Desarrollo como un derecho universal e inalienable y como parte
integrante de los derechos humanos fundamentales, tal como ha sido declarado por la Asamblea
General de la ONU en 1986.

17.- Poner énfasis en la transparencia de la gestión pública, y en particular, en la creación de
mecanismos concretos para garantizar la participación ciudadana en el diseño, supervisión e
implementación de políticas públicas a nivel nacional e internacional. Asimismo, garantizar la
creación de mecanismos de participación y fiscalización ciudadana en las instituciones financieras
internacionales, la OMC, el Grupo de Revisión de la Implementación de Cumbres y la OEA.

18.- La protección del medio ambiente como derecho indivisible e interdependiente con los demás.
Sólo a través de políticas de desarrollo que garanticen un medio ambiente seguro, sano y
ecológicamente racional se puede satisfacer equitativamente el derecho a la vida digna de las
generaciones actuales, sin afectar el derecho a las generaciones futuras a satisfacer equitativamente
sus necesidades. El carácter irreversible de los daños ambientales, exige que los Estados consideren
prioritario evitar actividades que reviertan el impacto ambiental frente a los beneficios económicos
inmediatos que puedan generar. Se deben establecer mecanismos que garanticen que los países
desarrollados asuman el costo de los gastos ambientales de las actividades, tanto públicas como
privadas, generadas en los países en desarrollo, estableciendo controles que minimicen dichos
gastos, así como respondiendo debidamente a los daños producidos.

19.- La formulación de una declaración expresa de condena a todas las formas de discriminación
y/o multidiscriminación por condición de género y orientación sexual, de razas, de etnias, de
religión, de grupos sociales o culturales, de nacionalidad y opinión política. Así como la puesta en
práctica efectiva de los tratados internacionales y regionales ratificados por los Estados sobre esta
materia.

20.- La protección especial nacional e internacional para las personas discapacitadas y de la tercera
edad, trabajadores/ras migrantes, población sin techo, desplazados/das internos/as, afectados/as por
el VIH/SIDA y múltiples grupos discriminados y marginados.

21.- La necesidad de no discriminar a portadores/ras y enfermos/as del VIH/SIDA y el resguardo
de su derecho a recibir los tratamientos necesarios que les garanticen mejor calidad de vida en
todos los niveles incluyendo a quienes se encuentren privados/as de libertad.

22.- La condena e inclusión de medidas internas e internacionales eficaces para erradicar las
prácticas y políticas de "limpieza social" que se manifiestan entre otras formas, por el exterminio
físico, la marginación o los atentados contra las prostitutas, homosexuales, lesbianas, niños y niñas
de la calle, comunidades negras e indígenas, así como otros grupos sociales discriminados por la
sociedad.

23.- La protección de niños, niñas y jóvenes desplazados por la violencia política, víctimas de
conflictos armados y en situación de abandono. La condena del tráfico de niños y niñas, falsas
adopciones, negación de su identidad, venta de sus órganos, prostitución y de toda otra forma de
abuso que vaya en contra de su desarrollo, y la consideración de estas prácticas como violaciones
masivas de los derechos humanos de la niñez. La protección legal de niños y adolescentes
trabajadores y la erradicación de toda forma de explotación económica.

24.- El cumplimiento por parte de los Estados de la Convención Internacional sobre los Derechos
del Niño y la Niña, respetando su legítima identidad y resaltando su condición de sujetos de
derechos humanos. La promulgación de leyes severas que castiguen los crímenes de los cuales son
objeto, y la exigencia de respetar los mecanismos adoptados por la ONU, tales como el límite de
dieciocho años para la imputabilidad penal. Así como cumplir con las Reglas de las Naciones
Unidas en relación a la administración de justicia (Beijing) y a la protección de menores privados de
libertad (Ryadh).

25.- El reconocimiento específico de los/las desplazados/das internos/nas u los derechos que les son
inherentes, la creación de un órgano independiente e internacional que les brinde protección y la
agilización de los procedimientos que garanticen su cumplimiento, así como la protección de la
población que se desplaza por causa de la violencia hacia otros países, garantizándoles la seguridad
y el derecho a no ser devueltos a su país de origen sin su consentimiento, ni a ningún país donde su
vida, su integridad o su libertad se encuentren amenazadas.

26.- La efectiva implementación del derecho al asilo y/o refugio por parte de los Estados que no lo
han hecho, reglamentándolo internamente en consonancia con los instrumentos internacionales que
los vinculan.

27.- La ratificación de la Convención de Ottawa sobre el desmantelamiento y destrucción pública
de todos los arsenales de minas terrestres anti-personales que, en este momento, se encuentran en
manos de las Fuerzas Armadas de los países participantes de la Cumbre.

28.- La afirmación de los derechos a la comunicación, a la investigación y a la recepción de
información y opiniones. Establecer la obligación de los Estados miembros de derogar todos los
mecanismos de censura oficiales, así como todas las figuras penales que supongan una protección
especial para funcionarios/rias. Garantizar el pluralismo informativo, facilitando el acceso a los
medios de difusión masiva de las organizaciones intermedias de la sociedad, con espacios fijos en
los medios del Estado y otorgando la administración de éstos a una conducción plural, ajena al
poder gubernamental.

29.- Rechazar la violencia física y sicológica a los conscriptos en los establecimientos militares.
Deben promulgarse leyes que garanticen el derecho a la objeción de conciencia y se adopten
medidas destinadas a garantizar que las eventuales prestaciones sustitutorias no tengan carácter
discriminatorio o disuasorio.

30.- Solicitar a los Estados de las Américas que demuestren su voluntad de apoyo al Sistema
Internacional de Protección de Derechos Humanos, a través de la concesión de recursos
económicos suficientes para garantizar su funcionamiento efectivo.

31.- Los Estados de las Américas deben mostrar su compromiso con el Sistema Interamericano a
través de mecanismos de implementación de las decisiones de la Comisión y de la Corte.

32.- El proceso de evaluar el Sistema Interamericano de Derechos Humanos debe hacerse
propiciando una discusión más amplia con Organizaciones No Gubernamentales, expertos y
gobiernos, con el común propósito de que las reformas que eventualmente se propongan,
beneficien a las víctimas de violaciones de derechos humanos a quienes el sistema tiene el propósito
de defender, así como a las tareas de promoción y defensa en general.

33.- La propuesta de reforma del Sistema Interamericano no puede pretender fusionar la Comisión
a la Corte Interamericana, limitar la admisibilidad de los casos, aumentar el carácter confidencial de
las decisiones y restringir la representación de Organizaciones No Gubernamentales e individuos,
medidas éstas que lo debilitarían gravemente. En consecuencia, para fortalecer al Sistema
Interamericano, proponemos que se consideren, entre otros, los siguientes aspectos:

a) La búsqueda de una mayor eficacia del sistema y el examen público de la situación de los
derechos humanos.
b) El fortalecimiento de la Comisión y de la Corte Interamericana, así como de las medidas
cautelares y provisionales del sistema.
c) La flexibilidad en la admisibilidad de los casos, la inclusión en el procedimiento ante la
Corte de la participación independiente de la víctima o de su representante y la transparencia en sus
criterios y trámites.
d) El reconocimiento de la condición de entidades consultivas a las Organizaciones No
Gubernamentales ante la OEA y la adopción de una Declaración Interamericana de Protección a los
Defensores de Derechos Humanos.

34.- Las personas que la Asamblea General de la OEA elija para integrar los órganos del Sistema
Interamericano, deben ser personas moralmente intachables y de rec