México: Manifiesto del Congreso Nacional Indígena

2001-05-02 00:00:00

CONSIDERANDO que 509 años de historia han significado para los nuestros,
pueblos primeros, explotación, discriminación y pobreza, y que la Nación
Mexicana, nacida de nuestra semilla y de nuestros corazones, ha sido
edificada por los poderosos negando nuestra existencia y negando nuestro
supremo derecho a caminar nuestro propio camino, sin que ello signifique
renegar de la patria fundada con nuestra sangre.

RECORDANDO que los Acuerdos de San Andrés Sobre Derechos y Cultura Indígena,
firmados el 16 de febrero de 1996, corresponden tan solo a la Primera Mesa de
Diálogo entre el Gobierno Federal y el Ejército Zapatista de Liberación
Nacional, y son compromisos y propuestas conjuntas que ambas partes pactaron
para garantizar una nueva relación entre los pueblos indígenas del país, la
sociedad y el Estado. Y que estas propuestas conjuntas, que serían enviadas
a las instancias de debate y decisión nacional, fueron recogidas por la
Comisión de Concordia y Pacificación -integrada por legisladores de los
diversos partidos políticos nacionales- en un texto legal que se presentó
como Iniciativa de Reforma Constitucional, misma que aceptaron, tanto el
Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), como el Congreso Nacional
Indígena el 29 de noviembre de 1996, no sin señalar las omisiones que
presentaba y reconocerla como el paso primero para el reconocimiento
constitucional de nuestros derechos.

RECONOCIENDO que los Acuerdos de San Andrés, así como su traducción jurídica
constitucional que se expresa en la Iniciativa de Reforma Constitucional
elaborada por la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA), reflejan el
consenso mayoritario de los pueblos indígenas de México, del Gobierno y de la
sociedad nacional en materia de derechos y cultura indígena.

CONSIDERANDO que el reconocimiento constitucional de los derechos y cultura
indígena, según la Iniciativa de la COCOPA, como parte de las tres señales
demandadas por el EZLN, es el paso firme para la construcción de un paz justa
y digna en Chiapas.

CONSIDERANDO que la Marcha de los Mil Ciento Once Zapatistas a la Ciudad de
México, en septiembre de 1997, y los resultados de la Consulta Nacional Sobre
Derechos y Cultura Indígena, realizada en marzo de 1999, ratificaron el
consenso nacional que representan los Acuerdos de San Andrés y la Iniciativa
de Reforma Constitucional elaborada por la COCOPA.

RECORDANDO que los pueblos nuestros, convocados y reunidos en el Tercer
Congreso Nacional Indígena, realizado en Nurío, Michoacán, los días 2, 3 y 4
de marzo de este año, acordaron en forma unánime exigir: el reconocimiento
constitucional de los derechos de los pueblos indígenas como sujetos de
derecho, conforme a la Iniciativa de la COCOPA; el reconocimiento
constitucional de nuestro inalienable derecho a la libre determinación,
expresado en la autonomía como parte del Estado Mexicano; y el reconocimiento
constitucional de nuestros territorios y tierras ancestrales que representan
la totalidad de nuestro hábitat en donde reproducimos nuestra existencia
material y espiritual como pueblos.

OBSERVANDO que tanto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
ambos con rango de Ley Suprema en nuestro país, establecen que todos los
pueblos tienen el derecho de libre determinación, y que en virtud de este
derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su
desarrollo económico, social y cultural.

OBSERVANDO, asimismo, que el Convenio 169 de la Organización Internacional
del Trabajo (OIT) Sobre Pueblos Indios y Tribales en Países Independientes,
también con rango de Ley Suprema en México según nuestro orden constitucional
vigente, establece el derecho de nuestros pueblos para asumir el control de
sus propias instituciones y formas de vida y de su desarrollo económico, y
para mantener y fortalecer sus identidades, lenguas, territorios y recursos
naturales, dentro del marco del Estado en que viven.

DENUNCIANDO que una vez más nuestra palabra y nuestro sentir sólo han servido
para burla y escarnio de los poderosos; que la voz primera de nuestros
pueblos y la voz mayoritaria de la sociedad mexicana expresada durante
febrero, marzo y abril del Año 2001 en la Marcha Por la Dignidad Indígena que
encabezó el Ejército Zapatista de Liberación Nacional no es escuchada por
quienes dicen ser depositarios de la voluntad popular; que los intereses
políticos y económicos de quienes detentan el poder pretenden, otra vez, que
los pueblos más primeros de estas tierras, los pueblos nuestros, los pueblos
indígenas, queden al último, sin ser reconocidos en sus derechos
fundamentales, presas del despojo, el etnocidio y la integración forzada a un
proyecto de nación ajeno a nuestra historia y a nuestro sentir, que hoy
intenta arrebatarnos todo a todas y a todos.

Los pueblos, comunidades y organizaciones que integramos el Congreso Nacional
Indígena manifestamos que:

PRIMERO.- Rechazamos tajantemente la Iniciativa de Ley Indígena aprobada por
el Congreso de la Unión, porque la misma no solo violenta la voluntad del
pueblo y es inconstitucional, sino que resulta profundamente regresiva al
desconocer derechos fundamentales de nuestros pueblos, consignados en la
propia Constitución, así como en los Convenios, Pactos y Tratados
Internacionales que México ha suscrito y que tienen rango de Ley Suprema de
acuerdo a nuestro orden constitucional vigente. De manera especial, la
Iniciativa aprobada incorpora en forma parcial y distorsionada algunos
conceptos y derechos consignados en el Convenio 169 de la OIT, y omite otros
muchos que son fundamentales.

SEGUNDO.- La Iniciativa de Ley Indígena aprobada por quienes decían
representar la voluntad popular, no recoge el espíritu ni la letra de los
Acuerdos de San Andrés y modifica en forma sustancial la Iniciativa de
Reforma Constitucional elaborada por la COCOPA, al señalar que el
reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas se hará en las
constituciones y leyes de los estados, situación que en realidad implica no
realizar el reconocimiento constitucional de nuestros pueblos y sus derechos.
La iniciativa aprobada representa un obstáculo para que se reanude el
diálogo entre el Gobierno Federal y el Ejército Zapatista de Liberación
Nacional con el fin de construir una paz justa y digna. El voto de los
legisladores no fue un voto por la paz.

TERCERO.- Esta contrarreforma constitucional representa una burla para
nuestros pueblos y una afrenta mayor para la sociedad mexicana, que decidió
respaldar nuestra justa causa, porque deja en manos de las Entidades
Federativas definir las características de la autonomía indígena y los
mecanismos para su realización, anulando nuestros derechos de libre
determinación expresados en la autonomía dentro del marco del Estado Mexicano
y las aspiraciones de nuestros pueblos para su reconstitución plena.

CUARTO.- La Iniciativa aprobada reduce la aplicación de nuestros derechos
autonómicos al ámbito municipal, no resuelve lo relativo al acceso y
administración de los recursos municipales que corresponden a nuestros
pueblos y posibilita la construcción de auténticas reservaciones indígenas
municipales.

QUINTO.- La contrarreforma constitucional otorga a las comunidades indígenas,
en forma caritativa y piadosa, el carácter de entidades de interés público y
no de derecho público como lo establece la Iniciativa de la COCOPA para que,
dentro de la estructura del Estado y estando plenamente reconocida su
personalidad, éstas y los municipios que reconozcan su pertenencia a un
pueblo indígena puedan asociarse libremente a fin de coordinar sus acciones.
La contrarreforma constitucional omite garantizar el ejercicio de la libre
determinación de los pueblos indígenas en cada uno de los ámbitos y niveles
en que hagan valer su autonomía, pudiendo abarcar uno o más pueblos
indígenas, de acuerdo con las circunstancias particulares y específicas de
cada entidad federativa.

SEXTO.- En la Iniciativa aprobada se omite la posibilidad de
remunicipalización de los territorios en que están asentados los pueblos
indígenas y el hecho de que la reorganización territorial de los distritos
uninominales, con el fin de propiciar la participación política de los
pueblos indígenas, se deje para un artículo transitorio, no hacen sino
afirmar el carácter ilusorio y regresivo de la reforma constitucional
impuesta.

SEPTIMO.- La Iniciativa que aprobó el Congreso de la Unión desconoce, en lo
relativo a los territorios de nuestros pueblos, el marco legal ya establecido
por el Convenio 169 de la OIT, y no reconoce nuestras tierras y territorios
de acuerdo a los conceptos que se recogen en dicho Convenio.

El término "territorios" es groseramente sustituido por el de "lugares", por
lo que quedamos desprovistos del espacio físico inmediato para el ejercicio
de nuestra autonomía y para la reproducción material y espiritual de nuestra
existencia.

OCTAVO.- La Ley Indígena que hoy pretenden imponer a nuestros pueblos y a la
sociedad reafirma la concepción individualista que inspiró la contrarreforma
del Artículo 27 Constitucional en 1992 y se expresa como complemento de la
misma, ya que no reconoce el derecho CONSTITUCIONAL que tenemos para acceder
de manera colectiva al uso y disfrute de los recursos naturales que se
encuentran en nuestras tierras y territorios, por el contrario restringe, en
forma regresiva, este derecho exclusivo que tenemos y lo convierte en simple
derecho de preferencia, previamente limitado por las formas y modalidades de
propiedad y tenencia de la tierra ya establecidas en la Constitución y por
los derechos que han sido adquiridos (generalmente en forma ilegal) por
terceros a nuestros pueblos. Hemos exigido el reconocimiento del derecho que
tenemos para acceder a los recursos naturales que se encuentran en la
totalidad del hábitat que los pueblos ocupamos y los legisladores, en forma
contraria, deciden reducir derechos que ya históricamente tenemos ganados de
hecho y por derecho, en títulos primordiales y resoluciones agrarias y con el
sudor y la sangre de nuestros abuelos.

NOVENO.- La Iniciativa aprobada, en contravención al formato de Diálogo
establecido entre el Gobierno Federal y el EZLN, pretende zanjar la cuestión
agraria en los términos de lo que dispone actualmente el Artículo 27
Constitucional, lo anterior sin considerar la gran oposición de nuestros
pueblos hacia la reforma de dicho Artículo y olvidando que el tema agrario
deberá ser discutido en la Mesa de Diálogo relativa al Tema de Bienestar y
Desarrollo.

DECIMO.- Asimismo la Ley Indígena establece un apartado "B" en el Artículo
Segundo Constitucional que, además de no corresponder su contenido al de un
texto propiamente constitucional, reproduce las políticas indigenistas de
etnocidio que históricamente ha aplicado el Estado Mexicano, al señalar una
serie de políticas asistencialistas que los legisladores, en forma por demás
autoritaria, han supuesto que servirán a nuestros pueblos, siendo que nuestra
demanda es el reconocimiento efectivo de los pueblos indígenas para que éstos
puedan definir sus propias prioridades de desarrollo.

DECIMO PRIMERO.- Hoy como ayer decimos ¡Nunca más un México sin nosotros!
¡Nunca más la voz de los pueblos indígenas callará ante las injusticias! En
esta hora nacional ratificamos y hacemos más fuerte este grito ante la nueva
agresión que significa la reciente contrarreforma constitucional.

A todos hacemos ver que no existirá un México verdadero, justo y digno sí los
derechos de nuestros pueblos no son plenamente reconocidos.

Por lo expuesto anteriormente, CONVOCAMOS:

A todos los pueblos, comunidades y organizaciones indígenas del país a unir
nuestro sentir, nuestros caminos y nuestra voz con el fin de exigir el
reconocimiento constitucional de nuestros derechos de acuerdo a la Iniciativa
de la COCOPA, y para organizar en todos los rincones de la patria la
movilización y la resistencia frente a la nueva burla de los pocos que
detentan el poder en este país y que han secuestrado al congreso de la unión
y la voluntad de la nación, a través de las posiciones más retrógradas que
existen en nuestro país, representadas por Diego Fernández de Cevallos y
Manuel Bartlett. Llamamos a ejercer los derechos de soberanía política que
nos otorga el artículo 39 de la Constitución, ya que el orden legal vigente
ha sido visiblemente quebrantado, a través de la inconstitucional iniciativa
aprobada.

Recurriremos a todos los recursos legales existentes nacionales e
internacionales: que la voz y la presencia de los pueblos más primeros, los
pueblos indígenas, se escuche y se sienta por toda la Nación.

A los trabajadores del campo y de la ciudad y a todo el Pueblo de México, a
organizar un masivo movimiento nacional que nos conduzca a la unidad de
acción y al mismo tiempo nos permita construir consensos y superar
debilidades con el fin de lograr el reconocimiento constitucional de los
derechos de nuestros pueblos y la cancelación de las políticas neoliberales
que hoy destruyen la Nación entera.

México, D.F. a 1ro. de mayo del 2001

¡Nunca más un México sin nosotros!
¡Por la reconstitución integral de Nuestros Pueblos!

Congreso Nacional Indígena