Río+20: Graves omisiones en la propuesta final de acuerdos

2012-06-22 00:00:00

El texto propuesto por Brasil que los Jefes de Estado aprobarían hoy en la Conferencia de Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible Río+20 no menciona la forma como la actividades extractivas impactan sobre las montañas y contribuyen al cambio climático, tampoco el derecho de los pueblos indígenas al consentimiento previo, libre e informado y a la protección de sus conocimientos tradicionales. Insiste además en considerar que la minería contribuye al desarrollo e incluso a alcanzar los objetivos de desarrollo del milenio.
 
Cambio climático
 
El texto reconoce la vulnerabilidad específica de los países en desarrollo a los efectos negativos del cambio climático y hace hincapié en la adaptación como una prioridad inmediata. Pero no menciona qué grupos sociales específicos son los más afectados, entre ellos los pueblos indígenas, cuyas actividades productivas son sumamente impactadas por la alteración de los calendarios agrícolas, los desastres como sequías e inundaciones y los traslados de pisos ecológicos, trayendo como consecuencia el desplazamiento a zonas urbanas y la profundización de la pobreza.
 
No hay acuerdo aún sobre el límite de aumento de la temperatura media mundial. El texto utilizado anteriormente hablaba de los dos grados como el aumento máximo, pero el G77 + China quiere que sea de 1,5 grados. Finalmente, el texto insta a las partes a aplicar plenamente sus compromisos del Protocolo de Kyoto, pero los países responsables de las mayores emisiones de gases de efecto invernadero, como Estados Unidos, no lo han suscrito, lo que deja el principio de “responsabilidades comunes pero diferenciadas” en simple discurso.
 
Montañas
 
El texto reconoce los beneficios derivados de las regiones de montaña (es decir, proporcionar los recursos hídricos), así como su vulnerabilidad a los impactos del cambio climático y el uso sostenible de los recursos de las montañas por los pueblos indígenas.
 
Asimismo, hace un llamamiento a un mayor esfuerzo para la conservación de los ecosistemas de montaña, aunque no especifica cómo las actividades extractivas como la minería están dañando los ecosistemas de montaña.
 
Los pueblos indígenas planteamos declarar la intangibilidad de los glaciares, páramos, cuencas hídricas y zonas de alta biodiversidad, prohibiendo las actividades extractivas en ellas, por constituir reservas estratégicas de agua y alimentos, esenciales para la vida y para la seguridad y la soberanía alimentarias.
 
Productos químicos y minería
 
El texto hace referencias generales con respecto a la gestión de productos químicos. También reconoce los riesgos que plantean los productos químicos para los seres humanos y el medio ambiente, para lo cual se convoca a realizar más estudios científicos. Los países están actualmente debatiendo un instrumento mundial jurídicamente vinculante sobre el manejo de mercurio.
 
Los avances con respecto a la prohibición de sustancias tóxicas en algunos países no se mencionan, por ejemplo la prohibición del uso de cianuro para la minería en la Unión Europea. El uso de cianuro y otras sustancias tóxicas es indiscriminado en los países en desarrollo, sobre todo por la minería a tajo abierto. En los países andinos, en particular, los ríos y lagos son utilizados como depósitos de relaves, provocando graves daños a la salud.
 
La Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas establece en su artículo 30 la obligatoriedad de obtener el consentimiento previo, libre e informado para el almacenamiento o eliminación de materiales peligrosos en territorios indígenas. El texto propuesto por Brasil no lo menciona.
 
El documento insiste en que la minería ofrece la oportunidad de provocar el desarrollo económico y alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Aunque reconoce los impactos sociales y ambientales negativos, considera que los gobiernos pueden mejorar la regulación de la industria minera en el interés del desarrollo sostenible mediante el fortalecimiento de los marcos legales y regulatorios. Pero nuevamente se limita a ser declarativo, porque solo llama a los gobiernos y a las empresas a mejorar voluntariamente la transparencia y rendición de cuentas, sin establecer su obligatoriedad.
 
La breve sección dedicada a la minería tampoco menciona los derechos de los pueblos indígenas, entre ellos el derecho al consentimiento previo, libre e informado.