Los derechos económicos sociales y culturales

2003-04-09 00:00:00

Distr.
GENERAL
E/CN.4/2003/NGO
/176
de
febrero de 2003
ESPAÑOL
SOLAMENTE
COMISIÓN
DE DERECHOS HUMANOS
59º
período de sesiones
Tema
10 del programa provisional
Los
derechos económicos sociales y culturales
Exposición
presentada por escrito por el Centre Europe-Tiers Monde, organización
no gubernamental reconocida como entidad consultiva general y la
Asociación Americana de Juristas, organización no
gubernamental reconocida como entidad consultiva especial [1].
El Secretario
General ha recibido la siguiente exposición por escrito que se
distribuye con arreglo a la resolución 1996/31 del Consejo
Económico y Social.
[3
de febrero de 2003]
El
Proyecto de Área de Libre Comercio de las Américas
(ALCA): un arma letal contra los derechos de los pueblos americanos
¿Que es
el ALCA?
El
Área de libre Comercio de las Américas - ALCA –
es un acuerdo comercial en proceso (en negociación) impulsado
por Estados Unidos que busca la libre circulación de
mercancías y capital desde Alaska hasta Tierra del Fuego (34
países).
Este
acuerdo, que se negocia a puerta cerrada desde 1994, se establecería
en el año 2005 con el fin de eliminar progresivamente las
barreras y “obstáculos” al comercio, inversión
y servicios, y proteger la “propiedad intelectual” de las
empresas.[2]

Este
acuerdo iría aún más allá de los acuerdos
de la Organización Mundial del Comercio los que han sido muy
vivamente criticados por las ONG y los movimientos sociales del mundo
entero.
Los
temas en discusión son: acceso a mercados; inversión;
servicios; agricultura; propiedad intelectual; compras del sector
público; subsidios; política de competencia;
antidumping y derechos compensatorios; y solución de
controversias.

El acuerdo en
negociación es muy parecido a los del Tratado de libre
Comercio de América del Norte (TLC) aplicado desde 1994 en
Canadá, Estados Unidos y México.  La aplicación
de este tratado, en la práctica desde 1994, nos permitirá
ilustrar aquí las consecuencias más probables del ALCA
sobre los derechos humanos.
A.
EL DERECHO A CONDICIONES DE TRABAJO EQUITATIVAS Y SATISFACTORIAS Y A
FORMAR SINDICATOS
El
ALCA traerá la profundización de la flexibilización
laboral, esto significa que las transnacionales tendrán la
flexibilidad de limitar y recortar los derechos laborales en función
de la oportunidades de ganancias en los diferentes países y
sectores económicos. Las grandes empresas preferirán
invertir o montar sus industrias en países donde se paguen los
salarios más bajos y las leyes laborales sean flexibles o,
simplemente, no existan.
Se
generalizará el trabajo “maquila” que
consiste en trasladar a otro país partes de la producción
que antes se desarrollaba en una sola empresa para aprovechar costos
más bajos de mano de obra y otras ventajas comparativas:
posibilidad de extender la jornada de trabajo, ausencia de amparo
legal, inexistencia o limitación de accionar de los
sindicatos, explotación del trabajo infantil...
Las
experiencias de tratados de libre comercio, en vez de la prometida
mejora de las condiciones laborales, han resultado en una
inestabilidad laboral y un deterioro de las condiciones de trabajo
cada vez mayores.

En
México, desde la aplicación del TLC se han reducido los
salarios en un 25 % y ocho millones de familias han pasado a
incorporar la categoría de pobres por falta de trabajo, o por
trabajo mal remunerado. Las condiciones laborales han sufrido un gran
deterioro en la zona de las maquilas afectando sobre todo a las
mujeres.[3]
Además
del deterioro de las condiciones de trabajo, el derecho a fundar y
utilizar el sindicato para promover y proteger sus intereses
económicos y sociales será amenazado. Las
organizaciones se verán fragmentadas y debilitadas por la
proliferación de trabajadores no regulares y la constante
amenaza de despidos si se organizan o participan de la actividades
sindicales.[4]
Todo
esto genera graves violaciones al derecho del trabajo de la
parte del Estado porque cumple leyes de regulación del
comercio que son contrarias al derecho internacional de los derechos
humanos.
B.
EL DERECHO AL TRABAJO
Las
reestructuraciones requeridas por la liberalización de la
economía como quiere el ALCA, provocan graves violaciones del
derecho al trabajo. Muchos empleos van a desaparecer por falta de
competitividad, privatizaciones y por economías en las
instituciones del Estado (administración, educación,
salud, etc.). Por otro lado, los empleos que son creados generalmente
no superan los perdidos (además los nuevos empleos son
precarios y sin protección social satisfactoria).
Uno de los
numerosos ejemplos de estas políticas es Argentina, donde la
casi totalidad de las empresas fueron privatizadas. Los
administradores privados redujeron el número de empleados a
casi la mitad y los trabajadores que quedaron con ocupación
perdieron sus derechos laborales mediante la llamada
“flexibilización” de las normas de trabajo. La
privatización de las empresas argentinas – una prueba
piloto de lo que promete el ALCA para todo el Continente - ,
significó el aumento del desempleo abierto. En solo 15 años,
el desempleo creció en la Argentina del 7 al 30 por ciento,
debido a una política extrema promovida por el Fondo Monetario
Internacional (FMI).[5]
Derecho
al trabajó de los campesinos
La liberalización
del comercio y la inversión del ALCA provocaría severos
problemas sociales y económicos a la población rural
dedicada a la agricultura y la pesca. En el nuevo escenario mundial
escrito por el ALCA y otros acuerdos comerciales, la agricultura,
mediante la cual los agricultores producían alimentos para el
pueblo y las comunidades, debe ser reemplazada por un sistema
agroempresarial: debido a la competencia internacional solo
los grandes agricultores (empresas) podrán sobrevivir. Sin
ayuda del Estado y asfixiados por la competencia de los otros países,
los pequeños productores tendrían que migrar aun más
de las zonas rurales hacia las zonas urbanas, con los resultados
conocidos: concentración de la población en la
periferia de las grandes ciudades, desempleo masivo y aumento
de la pobreza.

En
la ciudad: quiebras de las pequeñas empresas y desempleo
En
la ciudad, la apertura comercial y de la inversión tendría
por consecuencia las quiebras de los pequeños productores que
no podrían competir con las grandes empresas transnacionales
que tienen ventajas estructurales particulares que les faltan a los
productores pequeños y nacionales (economías de escala,
producción en muchos países, recursos financieros,
información mercantil, experiencia, recursos para propaganda,
presión política, etc.).

Y estas
transnacionales no crean muchos empleos porque: 1. no producen el
producto íntegro en el país, sino sólo parte del
mismo; 2. repatrían las ganancias; 3. necesitan menos empleos
que los pequeños productores; 4. Disfrutan de ventajas
fiscales que les otorgan los gobiernos para atraer sus inversiones.

C.
LOS DERECHOS CULTURALES
La
promoción del arte y de la cultura en todas sus expresiones y
manifestaciones sería cada vez menos responsabilidad del
Estado. La aplicación del principio de trato nacional
igualitario para entidades públicas y privadas extranjeras que
presten servicios de formación, promoción y difusión
de las artes y de la cultura llevará a la privatización
tanto de las escuelas de arte, música y teatro como de los
espacios de recreación y exhibición (museos, teatros,
bibliotecas, etc.). La formación y apreciación del arte
y de la cultura se convertirán en actividades privadas y
pagadas. Es decir, la cultura se convertiría en mera mercancía
como los otros “bienes”.

El
desarrollo de una producción en serie, para un mercado único,
promoverá la destrucción de la diversidad y la
capacidad creativa de los artistas.[6]
Este proceso de
subordinación de la cultura a los grandes intereses
comerciales es una grave amenaza para el derecho a participar en la
vida cultural.
D.
El derecho a la libre determinación
La
prioridad del libre comercio sobre todos los otros aspectos de la
vida humana vacía la esencia misma del derecho a la
autodeterminación. En efecto, si los pueblos no pueden decidir
proteger el medio ambiente y la salud, permitir un acceso a la
educación y a la salud para cada persona y regular la gestión
de su economía para tener empleo y protección social,
no tienen el derecho a la autodeterminación.

Este
tipo de acuerdo da todo el poder de decisión al “mercado”.
Es decir, da todo el poder de decisión a los actores
económicos más poderosos y a los Estados que tienen los
mercados más grandes y la tecnología más
desarrollada.

Los
pueblos y países no podrían disponer libremente de sus
recursos naturales, pues la propiedad efectiva de las empresas de
explotación y comercialización serán trasladados
a manos de la transnacionales, como ya es el caso en muchos países,
como Bolivia. El ALCA agravaría este fenómeno.
El
conocimiento comunitario indígena será pirateado y
transformado en propiedad intelectual privada de las empresas que lo
patentan. Eso impediría por estas comunidades el uso
tradicional de los productos resultante de ese conocimiento, en
violación al derecho a la libre determinación sobre sus
recursos naturales.

E. Los derechos
civiles y políticos
El
Estado boliviano siempre ha utilizado la fuerza para reprimir las
contestaciones sociales. Las numerosos muertos y heridos campesinos
en estos diez últimos años causados por la “guerra
contra la droga” en el Chapare son un ejemplo reciente de las
violaciones a los derechos humanos causados por estas políticas
de represión a los movimientos sociales.[7]
Frente
al ALCA, es muy improbable que la sociedad boliviana en su conjunto
acepte las graves implicaciones por sus derechos económicos y
sociales que provocaría su aplicación. Para imponer la
realización del ALCA en la práctica, el Estado tendría
necesariamente que utilizar la fuerza al frente de los movimientos
que inevitablemente se opondrían con los medios habituales:
bloqueos, huelgas, marchas, paros, ocupaciones de tierras, etc.

Es
muy claro que se agravaran los conflictos con las empresas mineras,
petroleras, madereras, etc. por la pérdida de acceso de las
comunidades indígenas y campesinas a los recursos naturales
con los que siempre han convivido.[8]

Las consecuencias
de la utilización estatal de la fuerza sobre los derechos
humanos son bien conocidas: violaciones del derecho a la vida
(asesinado y muertos en conflicto con policiales y ejercito), del
derecho a la libertad y seguridad personales (privación
arbitraria de libertad y heridos), el derecho a la libertad de
circulación y del derecho al la expresión, etc.
El
CETIM y la AAJ exhortan a la Comisión de Derechos Humanos:
-        
 a encomendar a los Relatores especiales a tomar en cuenta en
sus próximos informes las cuestiones precedentemente
expuestas, en los aspectos que les conciernen;
a
que pida a los Estados involucrados en el proyecto ALCA que tomen
todas las medidas encaminadas al pleno respeto y promoción de
los derechos humanos.

[1]
Documento preparado en colaboración con la Asamblea
Permanente de Derechos Humanos de Cochabamba, Bolivia.

[2]Las
características finales del ALCA se determinarán
mediante negociaciones de los representantes oficiales de los
gobiernos de los 34 países participantes.

[3]